Cláusulas y Prácticas Abusivas

Cuando un usuario financiero contrata un producto o servicio con una institución financiera, generalmente le presentan un contrato de adhesión para su firma, el cual contiene una serie de cláusulas que determinan las condiciones bajo las cuales se acuerda el producto o servicio adquirido.
La ley califica como Cláusulas Abusivas en los Contratos de Adhesión las siguientes:
Restrinjan los derechos como usuario financiero o amplíen los derechos de la institución financiera
Modifiquen las obligaciones o limiten la responsabilidad por daños
Contengan cualquier disposición que impongan la inversión de la carga de la prueba en perjuicio del usuario financiero
Otorguen a la institución financiera la facultad de interpretar el significado, alcance y cumplimiento de las cláusulas contractuales
Otorguen a la institución financiera la facultad de modificar unilateralmente el contrato durante el lapso de su vigencia, cuando ello no esté previsto contractualmente, o cuando estándolo, la misma implique una modificación sustancial en las condiciones contractuales
Impongan al usuario financiero un representante o apoderado para que lo sustituya en el ejercicio de sus derechos que emanen del contrato, sus accesorios, o en otros negocios jurídicos
Impongan al usuario financiero un determinado proveedor de bienes o servicios, cuando sean requeridos como accesorios para la provisión de otros bienes o servicios, sin darle libertad para elegir
Apliquen intereses o recargos a los pagos cuyos vencimientos operasen en día inhábil y sean efectuados el día hábil inmediato posterior
Prácticas Abusivas
La Comisión Nacional de Bancos y Seguros considera como prácticas abusivas en contra del usuario financiero las siguientes:
Que se le solicite obligue o permita firmar documentos en blanco en todo o en parte, cualquier documento que constituya una obligación
Se divulgue información o cualquier otra acción en su desprestigio a causa de las acciones que realice en el ejercicio de sus derechos
Se sumen los intereses moratorios al monto principal de la deuda con la finalidad de capitalizarlos
Compensar deudas con depósitos u otros activos en la institución financiera, sin haberse previamente convenido en contrato
Cobrar por servicios que según el marco legal o práctica general, sean gratuitos
Utilizar garantías proporcionadas por el usuario para una cuenta o contrato diferente al convenido previamente
Impedir o negar la realización de pagos a deudas u obligaciones del usuario en la institución financiera
Cobrar bajo el concepto de comisión u otro, un monto mayor a su costo real sobre gastos de servicios que la institución contrate en nombre del usuario como ser Avalúos de bienes, Honorarios legales, entre otros.
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